¿Puede latir el corazón y una persona estar muerta?

Posted: 5.28.2010 | BY: Escarlata nD Gomez | Etiquetas:

La respuesta es SI.
Resulta interesante observar la evolución del diagnóstico de muerte a lo largo de la historia: cuando no había otros elementos, la muerte se diagnosticaba por la putrefacción: cuando el cadáver comenzaba a hedir, la muerte era una certeza y se lo podía enterrar. También el diagnóstico se basó en la respiración: se objetivaba con un espejo frente a la nariz y la boca del sujeto, si no se empañaba, no había aliento y por lo tanto el sujeto había fallecido. Posteriormente se relacionó al pulso con la vida: la ausencia de pulso verificaba la muerte.
Actualmente se considera muerto a un individuo cuando se produce La Muerte Cerebral o Muerte Encefálica (ME).
Cuando se inicia el proceso de la ME, el cerebro es el principal afectado. Inmediatamente, se pierde la capacidad espontánea de respirar. Inicialmente con el aporte de oxígeno a través de un respirador, y suero y medicaciones específicas, se pueden “mantener artificialmente” algunas funciones (la respiración, presión arterial, frecuencia cardíaca y otras funciones neurovegetativas). Pero, esta situación no es indefinida. SI bien, no se puede definir un tiempo exacto, lo mas probable es que estas funciones se vayan reduciendo o perdiendo, aproximadamente, en las siguientes 48 hs. posteriores al diagnóstico de ME. Si estas medidas (respirador, oxígeno, drogas para mantener la presión y el latido cardíaco) fueran suspendidas en cualquier momento, el proceso de detenimiento del corazón sería inminente.
Definimos la Muerte Encefálica como el momento a partir del cual se puede demostrar el cese irreversible de las funciones de todo el encéfalo

Diagnóstico
Inicialmente se verifica que se cumplan los siguientes prerrequisitos: la presión arterial debe ser adecuada y la temperatura corporal también. Se debe descartar la existencia de intoxicación con medicamentos o pérdidas de conciencia por causa metabólica.
En cuanto a la irreversibilidad del proceso, dependerá de la causa que llevó al paciente a la pérdida de sus funciones cerebrales.
A continuación se verifica:
- Ausencia de toda respuesta
- Falta de respiración (Apnea)
- Tercer Paso: Electroencefalograma plano (trazado sin actividad cerebral)

Aspectos legales que regulan el diagnóstico de MUERTE Encefálica
Ley 24.193 - Artículo 23°: El fallecimiento de una persona se considerará tal cuando se verifiquen de modo acumulativo los siguientes signos, que deberán persistir ininterrumpidamente seis horas después de su constatación conjunta: Se debe demostrar la falta, sin posibilidad de recuperación, de actividad cerebral, y pérdida de los 2 componentes de la conciencia (reacción del despertar y contenido).

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